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sent modf l27-92

Sentencia 40/1998, de 19 febrero, del Tribunal Constitucional. Declara inconstitucionales y nulos determinados preceptos de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre de 1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Recursos de inconstitucionalidad 522/1993, 525/1993, 548/1993 y 551/1993 (acumulados)

(BOE 17-03-998)


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FALLO

En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española

Ha decidido:

Estimar parcialmente los presentes recursos de inconstitucionalidad acumulados y, en consecuencia, declarar:

1.º Que son inconstitucionales y nulos los arts. 4, 87.3, párrafo tercero, y la Disposición Adicional Octava, en su referencia al art. 4, de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

2.º Que los arts. 21.4 y 62.2 de la misma son inconstitucionales en la medida en que no prevén intervención alguna de las Comunidades Autónomas en defensa de su competencia de protección del medio ambiente, así como el art. 62.3, en cuanto no dispone el envío de la información en él citada a la Comunidad Autónoma en la que radique el puerto.

3.º Que los arts. 6.1 e) y f) y 19.3 y el núm. 4 del anexo de la Ley no vulneran el orden constitucional de competencias interpretados en el sentido señalado, respectivamente y por este orden, en los fundamentos jurídicos 51, 56, 39 y 36.

4.º Desestimar los recursos en todo lo demás.

Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

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